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19 Jul 2022

El Consejo acuerda objetivos más ambiciosos para las energías renovables y la eficiencia energética

El Consejo adoptó el 27 de junio sus posiciones de negociación (orientaciones generales) sobre dos propuestas legislativas del paquete de medidas «Objetivo 55» que abordan los aspectos energéticos de la transición climática de la UE: la Directiva sobre fuentes de energía renovables y la Directiva de eficiencia energética. Los acuerdos alcanzados allanan el camino para que el Consejo pueda iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo.

La producción y el consumo de energía representan el 75 % de las emisiones de la UE; los objetivos más ambiciosos acordados hoy aportarán una contribución importante a la consecución del objetivo general de la UE de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 1990.

 

Energías renovables

Según el objetivo vinculante a escala de la UE que ha acordado el Consejo, a más tardar en 2030 el 40 % de la energía en la combinación energética global deberá proceder de fuentes renovables. El objetivo actual a escala de la UE es una proporción mínima del 32 %. Los Estados miembros tendrán que aumentar las contribuciones nacionales establecidas en sus respectivos planes nacionales integrados de energía y clima, que se actualizarán en 2023 y 2024, a fin de que alcancemos colectivamente el nuevo objetivo.

El Consejo ha acordado un aumento gradual de los objetivos en materia de energías renovables para la calefacción y la refrigeración, con un aumento vinculante del 0,8 % anual a escala nacional hasta 2026 y del 1,1 % de 2026 a 2030. El porcentaje medio anual mínimo aplicable a todos los Estados miembros se complementa con incrementos indicativos adicionales calculados específicamente para cada Estado miembro.

El Consejo ha establecido un objetivo indicativo para los edificios en 2030, a saber, que las energías renovables deberán representar una proporción mínima del 49 %.

 

Eficiencia energética

El Consejo ha acordado reducir el consumo de energía a escala de la UE de aquí a 2030, en un 36 % para el consumo de energía final y en un 39 % para el consumo de energía primaria. El objetivo clave de reducir en un 36 % el consumo de energía final a escala de la UE sería vinculante. Los objetivos utilizan una nueva base de referencia y corresponden a un objetivo de reducción del 9 % con respecto a 2020. El consumo de energía final es la energía consumida por los usuarios finales, mientras que el consumo de energía primaria incluye también la utilizada para la producción y el suministro de energía.

El Consejo también ha acordado un aumento gradual del objetivo de ahorro energético para el consumo de energía final. Los Estados miembros garantizarían un ahorro del 1,1 % del consumo anual de energía final a partir del 1 de enero de 2024, del 1,3 % a partir del 1 de enero de 2026, y del 1,5 % entre el 1 de enero de 2028 y el 31 de diciembre de 2030, con la posibilidad de transferir al periodo siguiente un máximo del 10 % del exceso de ahorro realizado. El Consejo ha incluido la posibilidad de que se contabilice, en el cálculo destinado a determinar si se ha alcanzado el objetivo, el ahorro de energía obtenido mediante tecnologías de combustión de combustibles fósiles en el sector industrial únicamente, en casos debidamente justificados confirmados por auditorías energéticas.

 

 

 

Fuente: Consejo de la Unión Europea


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